Diferencia entre revisiones de «Tratado de Basilea»
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Revisión actual del 20:00 26 mar 2015
BASILEA, Suiza, el 22 de julio de 1795, Francia y España firmaron el tratado de Basilea, en virtud del cual las dos naciones terminaron la guerra que libraban en Europa. En virtud del acuerdo, Francia le devolvió a España las áreas que había tomado durante la guerra en la Península Ibérica, y España le dio a cambio su colonia situada en la parte oriental de isla de Santo Domingo, donde el 27 de febrero de 1844, sería fundada la República Dominicana.
La información sobre la firma del Tratado de Basilea se conoció en Santo Domingo el 18 de octubre de 1795, en el momento en que los españoles luchaban contra las fuerzas francesas que representaba Toussaint Luverture, quien trataba de tomar el Santo Domingo español.
El acuerdo se conoce como Tratado de Basilea, porque fue firmado el 22 de julio de 1795, en la ciudad Suiza de Basilea.
Cuando se difundió la noticia en Santo Domingo, los españoles habían logrado sacar a los franceses de Bánica y Las Caobas, al aprovechar una derrota que sufrió Toussaint Luverture frente a tropas inglesas en el Santo Domingo francés, hoy la República de Haití.
Toussaint tomó el Santo Domingo español en nombre de Francia, en el año 1801, porque no se pudo ejecutar antes debido a dificultades para aplicarlo.
El Tratado de Basilea establecía que a cambio de la restitución de los territorios conquistados por los franceses en el Norte de la Península Ibérica, “el Rey de España, por sí y sus sucesores, cede y abandona en toda propiedad a la República Francesa toda la parte española de la isla de Santo Domingo en las Antillas”.
En virtud del Tratado de Basilea, un mes después de conocerse en la isla de Santo Domingo la ratificación del acuerdo, “las tropas españolas estarán prontas a evacuar las plazas, puertos y establecimientos que aquí ocupan, para entregarlos a las tropas francesas cuando se presenten a tomar posesión de ellas”.
Dispone que las plazas, puertos y establecimientos, se deben entregar a los franceses con los cañones, municiones de guerra y efectos necesarios para su defensa, de que dispusieran en la época en que se tuvo noticia de las negociaciones.
Tratado precisa que “los habitantes de la parte española de Santo Domingo, que por sus intereses u otros motivos prefieran transferirse con sus bienes a las posesiones de Su Majestad Católica, podrán hacerlo en el espacio de un año contado desde la fecha de este Tratado”.
El historiador José Gabriel García, en el primer tomo de la cuarta edición de su obra “Compendio de la Historia de Santo Domingo”, resalta que el Tratado también ordenó a los generales y comandantes de Francia y España, “Ponerse de acuerdo sobre las medidas que hubieran de tomarse para la ejecución de estas estipulaciones, en las que entraba también la restitución, respectivamente á los individuos de ambas naciones, de los efectos, rentas y bienes de cualquier género que se hubieran destruido, tomado ó confiscado á causa de la guerra que cesaba, y el compromiso de administrar pronta justicia en lo que miraba á todos los créditos particulares que dichos individuos pudieran tener en los estados de las dos potencias contratantes”.
“Así fué que dada la ratificación del Tratado por el Gobierno de la República el día 1ro., y por el rei de España el día 4 de agosto de 1795, publicóse por bando en la ciudad de Santo Domingo, el día 18 de octubre, la celebración de la paz y la cesión hecha á los franceses de la parte española”. (sic)
El historia José Gabriel García califica el traspaso de inmoral en perjuicio “de un pueblo inocente y desvalido, que en mala hora hubieron de aconsejar los fríos cálculos del egoísmo y del interés, á un soberano débil e irreflexivo, que dominando por el engreído favorito á quien había hecho árbitro absoluto de los destinos de España no vio que el trono conseguía con la injusta combinación mantener la integridad territorial de Cataluña y las provincias vazcongada, dos de sus más sólidos pedestales, sin pararse a meditar que empañaba el brillo de esa gloria condenando á la incertidumbre de un oscuro porvenir á un gran número de súbditos fieles y amorosos, los cuales en vista de sus patrióticos antecedentes, más bien que la despojo de sus esperanzas é ilusiones, eran acreedores á la digna recompensa de una gratitud y de un reconocimiento imperecederos”. (sic)
Luego de la entrada en vigencia del Tratado, importantes familias de origen español se trasladaron a Cuba y a Puerto Rico.
Los que se fueron a Cuba sufrieron múltiples dificultades porque no recibieron la tierra y facilidades que prometieron las autoridades coloniales a los que salieran de Santo Domingo.
Muchos solicitaron por escrito al Rey de España, que se le concediera un tiempo mayor de un año para dejar el Santo Domingo español.