Diferencia entre revisiones de «Leyes y Normas Relativas a la Educación»
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− | La Constitución de la República de 1966 establece el carácter obligatorio y la gratuidad del servicio educativo, así como los principios que deben orientar la formación. | + | La [[Constitución de la República]] de 1966 establece el carácter obligatorio y la gratuidad del servicio educativo, así como los principios que deben orientar la formación. |
− | La | + | La '''Ley General de Educación n° 66-97''', aprobada el 9 de abril de 1997, ha sustituido a la ley 2909 del año 1953. Esta nueva ley de educación es el resultado del consenso y la concertación entre el Estado y la sociedad civil que se produjo a raíz de la aprobación del [[Plan Decenal]] de Educación. |
Las Ordenanzas, son disposiciones emanadas del Consejo Nacional de Educación, y tienen fuerza de ley. Las principales Ordenanzas que se han emitido a partir de la puesta en marcha del Plan Decenal de Educación son las siguientes: | Las Ordenanzas, son disposiciones emanadas del Consejo Nacional de Educación, y tienen fuerza de ley. Las principales Ordenanzas que se han emitido a partir de la puesta en marcha del Plan Decenal de Educación son las siguientes: | ||
− | + | * La '''Ordenanza 2-93''', mediante la cual el Consejo Nacional de Educación reglamenta las pruebas nacionales de conclusión de la educación media. | |
− | + | * La '''Ordenanza 1-95''', que establece el currículo para la educación inicial, básica, media, especial y de adultos. | |
− | + | * La '''Ordenanza 1-96''', mediante la cual se ha establecido el sistema de evaluación del currículo de la educación inicial, básica, media, especial y de adultos. | |
− | + | * La '''Ordenanza 1-97''', que define el currículo del programa de profesionalización de maestros bachilleres en servicio. | |
− | + | * La '''Ordenanza 2-97''', que establece el currículo de formación inicial para el profesorado de educación básica. | |
Las Ordenes Departamentales, son disposiciones emanadas del despacho del/la Secretario/a de Educación; su cumplimiento es obligatorio, pero no tiene fuerza de ley. Según la Constitución (artículo 16), la educación básica – de ocho años de duración – es obligatoria. La educación media no es obligatoria, pero el Estado tiene el deber de ofrecerla gratuitamente. <ref>Compiled by UNESCO-IBE (http://www.ibe.unesco.org/) </ref> | Las Ordenes Departamentales, son disposiciones emanadas del despacho del/la Secretario/a de Educación; su cumplimiento es obligatorio, pero no tiene fuerza de ley. Según la Constitución (artículo 16), la educación básica – de ocho años de duración – es obligatoria. La educación media no es obligatoria, pero el Estado tiene el deber de ofrecerla gratuitamente. <ref>Compiled by UNESCO-IBE (http://www.ibe.unesco.org/) </ref> |
Revisión del 14:18 10 mar 2019
La normativa fundamental que constituye el marco jurídico del sistema educativo dominicano comprende la Constitución de la República, la Ley General de Educación, las Ordenanzas y las Ordenes Departamentales.
La Constitución de la República de 1966 establece el carácter obligatorio y la gratuidad del servicio educativo, así como los principios que deben orientar la formación.
La Ley General de Educación n° 66-97, aprobada el 9 de abril de 1997, ha sustituido a la ley 2909 del año 1953. Esta nueva ley de educación es el resultado del consenso y la concertación entre el Estado y la sociedad civil que se produjo a raíz de la aprobación del Plan Decenal de Educación.
Las Ordenanzas, son disposiciones emanadas del Consejo Nacional de Educación, y tienen fuerza de ley. Las principales Ordenanzas que se han emitido a partir de la puesta en marcha del Plan Decenal de Educación son las siguientes:
- La Ordenanza 2-93, mediante la cual el Consejo Nacional de Educación reglamenta las pruebas nacionales de conclusión de la educación media.
- La Ordenanza 1-95, que establece el currículo para la educación inicial, básica, media, especial y de adultos.
- La Ordenanza 1-96, mediante la cual se ha establecido el sistema de evaluación del currículo de la educación inicial, básica, media, especial y de adultos.
- La Ordenanza 1-97, que define el currículo del programa de profesionalización de maestros bachilleres en servicio.
- La Ordenanza 2-97, que establece el currículo de formación inicial para el profesorado de educación básica.
Las Ordenes Departamentales, son disposiciones emanadas del despacho del/la Secretario/a de Educación; su cumplimiento es obligatorio, pero no tiene fuerza de ley. Según la Constitución (artículo 16), la educación básica – de ocho años de duración – es obligatoria. La educación media no es obligatoria, pero el Estado tiene el deber de ofrecerla gratuitamente. [1]
Referencias
- ↑ Compiled by UNESCO-IBE (http://www.ibe.unesco.org/)